Grabar una consulta para documentarla implica tratar audio y datos de salud. El prestador debe informar la finalidad, definir la conservación y obtener la autorización aplicable.
Un consultorio puede utilizar audio para apoyar la documentación, pero no debería hacerlo de manera oculta ni conservarlo sin una finalidad clara. Cuando el prestador graba una consulta, trata voz, identidad y datos de salud; en México esos datos requieren medidas reforzadas y, como regla general para datos sensibles, consentimiento expreso y por escrito, salvo las excepciones legales aplicables.
Alcance: esta guía describe buenas prácticas generales para prestadores privados y no sustituye una revisión jurídica del caso, la especialidad, el tipo de establecimiento o la normativa local.
El audio puede revelar nombre, voz, síntomas, diagnósticos, medicamentos, antecedentes, salud mental, relaciones y datos de terceros. Aunque se elimine el nombre del archivo, la voz y el contenido pueden permitir identificar a una persona. Por eso debe tratarse como información clínica, no como una nota de voz ordinaria.
La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares publicada el 20 de marzo de 2025 establece en su artículo 8 que, tratándose de datos personales sensibles, el responsable debe obtener consentimiento expreso y por escrito mediante firma autógrafa, firma electrónica u otro mecanismo de autenticación establecido, con las excepciones que la propia ley contempla.
| Elemento | Finalidad posible | Control recomendado |
|---|---|---|
| Audio | Crear y comprobar la transcripción. | Acceso restringido y conservación breve. |
| Transcripción | Verificar frases y preparar el borrador. | Distinguir hablantes, corregir errores y definir si se conserva. |
| Borrador de IA | Organizar la primera versión de la nota. | No firmar ni integrar automáticamente. |
| Nota clínica aprobada | Documentar la atención dentro del expediente. | Autoría, fecha, integridad y conservación conforme al marco aplicable. |
La NOM-004-SSA3-2012 regula la elaboración, integración, uso, manejo, archivo, conservación y confidencialidad del expediente clínico. La grabación no reemplaza la obligación de producir la nota correspondiente ni convierte toda la conversación en expediente. El profesional sigue siendo responsable de documentar la atención de forma adecuada.
La IA puede ayudar a redactar, pero la salida debe pasar por revisión y quedar atribuida a quien la confirma. Consulta cómo funciona la transcripción médica con IA.
Guardar todos los audios “por si acaso” aumenta el impacto de un acceso indebido y dificulta cumplir con la finalidad informada. La conservación debe responder a una decisión documentada, no al espacio disponible en el servidor.
Online México elimina automáticamente el audio en un máximo de tres días. Durante ese periodo puede utilizarse para comprobar la transcripción y el borrador; después permanece la documentación que el profesional haya revisado y decidido conservar. Este plazo es una medida del producto y no pretende declarar un plazo legal obligatorio para todos los prestadores.
Desde la reforma publicada en marzo de 2025, las funciones federales relacionadas con protección de datos personales que antes desempeñaba el INAI quedaron bajo responsabilidad de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. Por eso conviene verificar materiales y formatos antiguos que todavía señalan al INAI como autoridad vigente.
Consulta también el aviso de privacidad de Online México y solicita asesoría especializada para adaptar documentos y procedimientos a tu operación.
Un prestador no debería implementar grabación oculta. El audio contiene datos de salud y debe existir información clara, base jurídica y autorización aplicable antes de capturarlo.
Para datos sensibles, la ley prevé consentimiento expreso y por escrito como regla general, salvo excepciones. Conviene usar un mecanismo verificable y conservar evidencia.
No automáticamente. Su función puede ser temporal para transcribir y comprobar el borrador. La organización debe definir qué integra al expediente conforme a la finalidad y normativa aplicable.
No es recomendable si carece de controles de acceso, privacidad, trazabilidad, eliminación y condiciones adecuadas para datos sensibles.
Debe existir una alternativa de documentación manual o sin audio cuando la grabación sea opcional.
Nota editorial: Publicado por el equipo editorial de Online México y actualizado con información disponible al 14/08/2026.
Fuentes y referencias: